Los tiempos en los que las grandes empresas de telecomunicaciones, banca o energéticas, principalmente, hacían públicas cifras súper abultadas de prejubilaciones de sus plantillas han quedado reducidas a mínimos y solo para casos muy justificados ante las enormes trabas que pone ahora el Gobierno a estas prácticas y, sobre todo, por el recorte económico que supone para los trabajadores que se plantean adelantar la fecha de su retiro.
La Seguridad Social compara los datos de 2015, con más de 55.000 personas que escogían la prejubilación, con 2023, donde la cifra cayó hasta las 14.000, un 75% en menos de una década, lo que revela que esta práctica se está transformando hacia un retiro cada vez más tardío, en línea con lo que exige la Unión Europea a España de elevar la edad real para hacer el sistema de pensiones sostenible.
Los economistas consideran que la jubilación anticipada, que es el último recurso para los desempleados mayores de 55 o 60 años, supone una sangría financiera para las arcas del Estado por las cotizaciones sociales que se dejan de ingresar, así como también por el desembolso en forma de subsidio de paro que hay que pagar antes de tiempo a unos trabajadores que, en buena parte, son los que tienen las bases más altas.
También se da el caso de parados de larga duración que toman esta decisión ante las dificultades que encuentran para reengancharse en el mercado laboral tras más de un año buscando trabajo sin éxito.
A este colectivo, la ley les exige haber cesado la relación laboral con su empresa de forma involuntaria, incluidos los despidos colectivos, e inscribirse al SEPE como demandante de empleo durante al menos seis meses antes de solicitar la jubilación anticipada, así como hacerlo dos años antes de la edad ordinaria, a partir de los 62 años y seis meses, si se cuentan con menos de 38 años cotizados, o a partir de los 61 años si acumulan esos 38 años o más dados de alta en la Seguridad Social.
Los datos publicados por el Ministerio de Trabajo indican que actualmente hay una menor tendencia hacia la jubilación forzosa, ya que esta modalidad representa un 4% aproximadamente de las cifras totales, unas 14.000 personas.
Los expertos laboralistas señalan también que es importante destacar que este tipo de jubilación anticipada, por involuntaria que sea, lleva aparejados unos coeficientes reductores que afectan a la futura pensión, lo que hace que se adopte como el último recurso para no perder poder adquisitivo cuando se tiene una edad en la que resulta muy difícil generar recursos económicos, al margen de los ingresos que puedan haber acumulado en rentas, valores bursátiles o ahorros.
Penalizaciones
La pasada década, los parados se vieron obligados a acceder a la jubilación una vez cumplían con la edad mínima, viéndose penalizados por unos recortes incluso del 40% de su pensión, según establecía la normativa de la Seguridad Social. El subsidio por desempleo era únicamente para mayores de 55 años y no fue hasta 2019 cuando se estableció en 52 años.
La nueva regulación permite ahora al parado poder elegir entre dejar de cobrar la prestación por desempleo en la primera edad a la que puede acceder a la jubilación de forma anticipada, teniendo en cuenta que sigue expuesto a los citados recortes, o percibir la prestación asistencial hasta la edad ordinaria de jubilación, a partir de los 65 años con más de 38 años cotizados.
La estrategia del Gobierno para que los empleados retrasen su edad real de jubilación pasa, incluso, por compaginar la nómina con una pensión que varía en función de los años que quiera alargar esta situación. Así, tras un año de demora, el trabajo será compatible con el 45% de la jubilación; con dos, el 55%; con tres, el 65%; con cuatro, el 80%, y con cinco años o más en activo se generaría el derecho a percibir el 100% de la paga como si estuviera retirado.