Cuenta atrás para la campaña más madrugadora

Agencias-SPC
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El próximo 3 de abril arrancará el plazo para presentar una Declaración de la Renta que este ejercicio incluye, entre otras novedades, la obligatoriedad también para todos los autónomos

Cuenta atrás para la campaña más madrugadora

La campaña de la Renta 2023 está a punto de dar su pistoletazo de salida. Y, a diferencia de otros años, en esta ocasión será más temprana respecto a ejercicios anteriores, ya que se iniciará, concretamente, el próximo 3 de abril y se extenderá hasta el 1 de julio, un día más de lo que suele ser habitual, ya que el 30 de junio cae este año en domingo.  

Además, entre las novedades que incluirá esta convocatoria destaca que todos los autónomos tendrán que presentar sus cuentas, independientemente de los ingresos que hayan obtenido. También deberán hacerlo todas las personas que hayan sumado más de 22.000 euros de beneficios anuales a través de un solo pagador y quienes hayan registrado unas ganancias de hasta 15.000 euros de dos pagadores, cuando antes el tope en este sentido se situaba en los 14.000.

Desde el pasado 19 de marzo ya es posible acceder a los datos fiscales. Los contribuyentes accederán a ellos a través desde la página web y de la aplicación. Estos incluyen información como los ingresos obtenidos al trabajar por cuenta ajena, los intereses generados en cuentas bancarias o los inmuebles de los que se es propietario, que serán los que Hacienda utilice para la elaboración del borrador de la renta.

El Estado permite también hacerse con el número de referencia que posteriormente servirá para descargar el documento del IRPF. Los usuarios que quieran utilizar el dígito tendrán que conseguir uno nuevo introduciendo en la página web o la aplicación móvil de la Agencia Tributaria el contenido de la casilla 505 de la declaración de la Renta de 2022, ya que se ha puesto en marcha un nuevo servicio que invalida los números anteriores. A partir de estos pasos, se abre un período en el que hay que tener en cuenta los plazos para presentar la renta, que van cambiando según la forma en la que se quiera realizar el trámite.

Para aquellos que deseen confeccionar su borrador por teléfono, podrán hacerlo desde el martes 7 de mayo, aunque para ello tendrán que haber pedido previamente cita entre el 29 de mayo y el 28 de junio. Más tarde, a partir del lunes 3 de junio, existirá la opción de realizarlo de manera presencial. En este caso, también deberán haber solicitado su convocatoria de manera previa.

El 26 de junio es el último día para registrar la declaración por internet si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta.

Vía electrónica

Del mismo modo, el Gobierno fijó la obligación de presentar el IRPF a través de medios electrónicos, «siempre que la Administración tributaria asegure la atención personalizada a los contribuyentes que precisen de asistencia para su cumplimentación por tales medios». Esta precisión se produjo después de una sentencia del Tribunal Supremo, que puso de manifiesto una «insuficiencia normativa» para el establecimiento de este tipo de canales como única vía factible para consignar la declaración.