La Consejería de Sanidad ha decidido embarcarse en la reordenación de las zonas farmacéuticas de Castilla y León, después de 15 años con un mapa intacto que arroja déficit, en especial, en los alfoces de las grandes ciudades. Con este paso arranca un proyecto que concluirá con un concurso de adjudicación de oficinas de farmacia que se abordará, sin prisa, pero sin pausa, y que quiere estar completado a finales de actual legislatura.
Las autorizaciones de nuevas oficinas de farmacia están subordinadas a las zonas farmacéuticas, para cuya delimitación se toma como base las zonas básicas de salud que ordenan el sistema sanitario de la Comunidad. La nueva orden por la que se delimitará y actualizarán las zonas farmacéuticas reemplazará a la que se publicó en el año 2008, tiempo en el que la demografía y la distribución poblacional de la Comunidad ha cambiado, y mucho, lo que exige reconocer la actual situación de los habitantes y sus necesidades, según explica a Ical la directora general de Salud Pública, Sonia Tamames.
En estos momentos, el mapa farmacéutico lo dibujan, tras el cierre de 28 oficinas en los últimos cinco años, un total de 1.602 farmacias, de las que 815 están consideradas rurales, por encima de las 638 urbanas existentes. Hay otras 149 semiurbanas, a parte de las cuales les afectará la normativa, por el incremento de la población durante los últimos 15 años en los municipios donde se encuentran asentadas. El mapa lo completan 289 botiquines, las farmacias 'satélite' para acercar a la población de muchos pueblos la prestación en horas y días concretos.
Clasificación.
La Ley de Ordenación Farmacéutica permite abrir una oficina de farmacia por cada 2.500 habitantes en las zonas urbanas, y por cada 2.000 en las semiurbanas, cifra que, a falta de hacer el estudio para elaborar la nueva orden, se sabe que se ha superado en varios municipios que precisan de nuevas oficinas. En las rurales, se exige un mínimo de 1.800 habitantes. Una vez superadas estas proporciones, la normativa permite una nueva oficina por fracción superior a los 1.500 habitantes.
La nueva normativa se aborda como una oportunidad y es un paso para permitir aperturas. En ningún caso, desde la Consejería de Sanidad se plantean cierres y menos en los pueblos, pese a la pérdida de población. «Nuestra política es la de mantener las oficinas que ahora mismo están funcionando», con independencia del tamaño actual del municipio, precisa Tamames, que insiste en que la orden es un primer paso con el que se modificarán las zonas farmacéuticas en función de la población, es decir, se determinarán cuáles son urbanas, con más de 20.000 habitantes; semiurbanas, entre 5.000 y 20.000, y rurales, hasta 5.000, siempre según las cifras del último padrón municipal vigente.
También, establecerá cuáles son los límites geográficos y qué municipios conforman estas agrupaciones igual que ocurre, por ejemplo, cuando se fijan las zonas básicas de salud. Es más, podría darse el caso de definir una zona farmacéutica especial, para garantizar algunas necesidades particulares por circunstancias sanitarias, geográficas, demográficas y turísticas.
Nuevos establecimientos.
La siguiente fase en este proceso de reordenación servirá para determinar el número de farmacias adicionales necesarias, así como los municipios en los que podrían abrirse, las distancias entre unas oficinas y otras y finalmente la zona dentro del municipio, para evitar que se polaricen una gran mayoría en el centro de las ciudades, por ejemplo.
Aunque no existe un plazo concreto, la voluntad de la Consejería de Sanidad es que en los próximos dos años, cuando concluya la actual legislatura, todo el proceso, incluido el concurso con la adjudicación de farmacias, esté cerrado, para lo que quieren escuchar la voz de todos los agentes implicados, desde las asociaciones de vecinos hasta los ayuntamientos y los propios colegios profesionales de farmacéuticos.
La directora general de Salud Pública, Sonia Tamames, reconoce que la última fase será la más compleja, cuando salga a audiencia pública el concurso para la adjudicación, ya que hay que tener en cuenta que las alegaciones suelen ser muy numerosas en este tipo de procesos por los múltiples criterios que se tienen en cuenta para asignar una oficina farmacéuticas, que van desde experiencia y formación del titular, a otras más administrativas y objetivas como puede ser la distancia, recogida por ley.
En estos momentos, de acuerdo con los criterios de planificación y clasificación de zonas farmacéuticas de la Consejería de Sanidad, en las urbanas y semiurbanas la distancia entre oficinas de farmacia de la misma o distinta zona no puede ser inferior a 250 metros, distancia que se reducen hasta los 150 metros en las rurales.